EL LENGUAJE CLARO EN LAS DECISIONES JUDICIALES

«Esto implica que las autoridades deben evitar el uso de términos técnicos sin la debida
explicación, latinismos innecesarios, y fórmulas rituales que puedan dificultar la comprensión».

Por Hernán Alejandro Olano García

La Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo, por medio de
la sentencia T-344 del 30 de julio de 2024, (Expediente T-10.121.606), falló la Acción de
tutela instaurada por Víctor Anobel Guerrero Botina contra la Inspección Novena Urbana
de Policía de Ibagué, la Secretaría de Gobierno de Ibagué, la Alcaldía Municipal de
Ibagué, la Agencia Nacional de Infraestructura, la Concesionaria San Rafael y la APP
GICA.
Se analiza en esta decisión el lenguaje claro en las actuaciones judiciales y
administrativas, de modo que expresarse desde la administración sea tan sencillo, que
toda persona pueda comprender lo que se incluye en ellas. El caso analiza la situación de
Víctor Guerrero, un vendedor informal que ha ocupado un espacio público durante 24
años con su caseta «El Varientazo». En 2022, la concesionaria de la vía presentó una
querella policiva debido a mejoras realizadas por Guerrero, incluyendo la construcción de
un segundo piso de cemento. La Inspección de Policía de Ibagué ordenó la demolición de
la estructura, y aunque Guerrero cumplió parcialmente con la orden, la inspección
consideró que debía demoler ambos pisos y posteriormente ordenó la demolición total de
la caseta. Guerrero presentó una acción de tutela para proteger sus derechos al trabajo,
al mínimo vital, a la dignidad, a la igualdad y al principio de confianza legítima.
La Corte encontró que se vulneraron los derechos de Guerrero en dos dimensiones: (1)
se violó el debido proceso y el deber de motivación debido a la falta de claridad en la
comunicación de la inspectora, quien utilizó un lenguaje técnico y ritual sin explicación,
dificultando la comprensión de las decisiones administrativas; y (2) se violaron sus
derechos al trabajo y al mínimo vital, ya que la Alcaldía de Ibagué no ofreció alternativas
para mitigar la pérdida de su fuente de ingresos, basándose incorrectamente en su
exclusión del censo de vendedores informales. La Corte anuló el proceso policivo y
estableció que, si se rehace, la información debe transmitirse de manera clara y no se
podrá ejecutar una orden de demolición sin ofrecer alternativas económicas al afectado.
Por lo tanto, se acreditó una violación de los derechos del señor Guerrero como vendedor
informal por no recibir alternativas del municipio para enfrentar la pérdida de su fuente de
ingresos. En la medida que se anuló el proceso policivo, la Sala ordenó que, si este se
rehace y vuelve a emitirse una orden de demolición, esta no se podrá ejecutar hasta que
se le ofrezca al accionante ya sus trabajadores alternativas económicas, laborales, de
reubicación u otras.
La Corte Constitucional descubrió que es posible que la falta de claridad en las
actuaciones administrativas genere una violación del debido proceso cuando se hace
materialmente imposible comprenderlas y cuando se emplea un lenguaje que impide
controvertir las decisiones administrativas. Para verificar si hay una violación al debido
proceso por esta causa, se deberá analizar, primero, el contenido del mensaje para
identificar usos pocos claros del lenguaje como son: (i) la falta de coherencia
argumentativa; (ii) el exceso de lenguaje técnico o la falta de explicación a lenguaje
común de esos conceptos especializados; (iii) el uso excesivo y sin explicación de
latinismos; (iv) el uso de fórmulas rituales sin su explicación; y (v) el uso de términos
excesivamente técnicos para referirse a los actores de los procesos, entre otros. Luego se
deberá estudiar si la autoridad administrativa tuvo en cuenta el público al que se dirige su
comunicación. La sentencia determinada que, para la mayoría de las actuaciones

administrativas, se debe entender que el destinatario de las actuaciones administrativas
es el público general y, en esa medida, el lenguaje debe ser tan claro que cualquier pueda
entenderlo. La segunda violación se dio porque la Alcaldía de Ibagué no ofreció al señor
Víctor Guerrero alternativas ante la inminente pérdida de su fuente de ingresos por la
demolición.
La Corte Constitucional subraya así la importancia de la claridad en las actuaciones
administrativas para garantizar el debido proceso, especialmente cuando las decisiones
afectan derechos fundamentales como el trabajo y el mínimo vital. Este caso también
reafirma que la exclusión de un censo no puede ser utilizada como una justificación para
vulnerar derechos de personas en situación de vulnerabilidad, como los vendedores
informales, y que las autoridades deben proporcionar alternativas antes de ejecutar
medidas que puedan afectar gravemente la subsistencia de estos individuos.
Pero, lo más importante se da en la claridad del mensaje, ya que, en las actuaciones
administrativas, es fundamental que el lenguaje empleado sea accesible y comprensible
para el público general, ya que este es el principal destinatario de dichas actuaciones.
Esto implica que las autoridades deben evitar el uso de términos técnicos sin la debida
explicación, latinismos innecesarios, y fórmulas rituales que puedan dificultar la
comprensión. Al garantizar que cualquier persona pueda entender las decisiones
administrativas, se protege el debido proceso y se facilita la posibilidad de controvertirlas
de manera efectiva, asegurando que los derechos de los ciudadanos no sean vulnerados
por barreras lingüísticas o comunicativas.